Preguntas frecuentes COVID-19

Decreto 768 de 2022

Si, Si las nuevas actividades económicas conllevan una variación del porcentaje de cotización sobre el cual deberás realizar el aporte a ARL SURA, es importante que en Enero 2023 de 2022 y antes de hacer el aporte correspondiente al periodo diciembre de 2022, realices el ajuste con tu operador de información, actualizando el nivel de riesgo de cada uno de tus cotizantes.

De igual manera así NO cambies de riesgo, debes especificar el nuevo código de la actividad según decreto 768.

En la resolución 2012 tiene un cambio asociado a este decreto, lo cual impacta la estructura PILA y en el momento del pago especificar el código de la actividad para el Sistema General de Riesgos Laborales Ver AQUÍ

No, la norma no está reglamentando el tema de regraduación de tarifas según siniestralidad de la empresa, es un cambio al decreto 1607, el cual se deroga y en su lugar queda como vigente el decreto 768 de 2022 desde el 16 de noviembre de 2022.

Si, el cambio de actividad que define la norma tiene directo incidente en la clasificación de todos los independientes por prestación de servicios, si la actividad que desarrolla es una de las que cambia de % de cotización.

No tiene efecto, expresamente el Decreto 768 de 2022 determina que los Independientes voluntarios siguen rigiéndose por lo definido en el Decreto 1072 de 2015, donde se define la tabla de oficios.

Realizar ante el operador de información el ajuste en la tasa de cotización en caso que corresponda dicho cambio, la ARL previo al inicio de vigencia de la norma estará contactando a todas sus empresas y empleadores notificando si existe cambio y en qué consistiría.

En todo caso, las empresas que se traslada de ARL de acuerdo a lo definido en el artículo 2.2.4.2.1.4. de la Decreto 1072 de 2015, conserva su clasificación por los siguientes tres meses, por lo tanto, la empresa se traslada con la tasa de cotización que tenga en su ARL actual, y cumplidos los tres meses se procederá con proceso de validación y reclasificación de la empresa si es procedente de acuerdo a la norma que esté vigente para la fecha, Decreto 768 de 2022 si es posterior al 16 de noviembre 2002, o Decreto 1607 de 2002 si el proceso es anterior al 16 de noviembre del 2022.

No, la norma tiene efectos desde su entrada en vigencia es decir 16 de noviembre de 2022

Depende del momento, si es antes de la entrada en vigencia del Decreto 768 de 2022, se hará el proceso según lo definido en el Decreto 1607 de 2002, si la solicitud es posterior al 16 de noviembre 2022 que entra en vigencia el Deceto 768 de 2022, el proceso se hará conforme a la nueva norma.

Para algunas empresas puede implicar incremento en su cotización, para otras es posible que haya una disminución y en otros caso no hay cambio en su nivel de riesgo

El cambio lo hará internamente la ARL, pero previo a dicho cambio, la ARL notificará las empresas que tienen un cambio en su codigo de actividad, indierente que el cambio implique incremento o disminución del porcentaje de cotización, esto con el fin de que estén enterados y puedan hacer el ajuste en el operador de información para el pago según el periodo que corresponda.

El Decreto 768 del 16 de mayo de 2022, actualiza la tabla de clasificación de actividades económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y deroga al Decreto 1607 de 2002.